La totalidad de los grupos políticos que conforman la Corporación municipal (PP, PSOE y Unidas Podemos) han apoyado la propuesta
¿Qué requisitos debo cumplir para optar a la ayuda?
- Ser un pequeño comercio y hostelería sin veladores, que no ocupe una superficie superior a 250 m2, no tenga una facturación superior a 600.000 euros en el ejercicio anterior y una plantilla superior a 10 trabajadores a fecha declarada por el estado de alarma y que se haya producido el cierre total del establecimiento de al menos un mes según lo dispuesto por el artículo 10 del RD 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el RD 465/2020 de 17 de marzo.
- Tener su domicilio fiscal en el término municipal de Torrejón de Ardoz.
- Ejercer en un local comercial, específico y abierto al público, radicado en una vía pública del término municipal de Torrejón de Ardoz y a pie de calle.
- El solicitante debe comprometerse a mantener la actividad y el establecimiento abierto al menos hasta el 31 de diciembre de 2020.
- Que la actividad afectada por el cierre temporal dispuesto por el estado de alarma, no se haya visto compensada por un incremento de la facturación mediante un aumento del volumen de negocio online o telefónico de la persona solicitante.
- El sujeto solicitante debe estar exento del pago del Impuesto de Actividades Económicas en el ejercicio fiscal de 2019.
- Debe estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la Mutua profesional correspondiente y en el Impuesto de Actividades Económicas en la actividad comercial principal por la que solicita la ayuda al menos desde el 1 de marzo de 2020.
- No debe encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la AEAT y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en el momento de la presentación de la solicitud.
- Debe estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
Quedarán excluidos de esta ayuda: Entidades bancarias y de seguros, estancos, estancos con prensa, quiosco de helados, farmacias, ópticas, notarías, inmobiliarias, locutorios, tiendas de telefonía e informática, bazares con y sin alimentación, quienes desarrollen actividades profesionales (dentistas, médicos, veterinarios, arquitectos…), el personal autónomo colaborador (vendedores de seguros, y comerciales que son trabajadores mercantiles de empresas), servicios recreativos (salas de juegos), franquicias con participación accionarial y gestión directa por parte del franquiciador, sin que exista franquiciado independiente (franquicias gestionadas directamente por la marca), las Uniones Temporales de Empresas (UTE), Administraciones públicas, sus organismos autónomos y otras entidades del sector público, las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro, y las empresas concesionarias de servicios públicos.
La totalidad de los grupos políticos que conforman la Corporación municipal (PP, PSOE y Unidas Podemos) han apoyado la propuesta, incluida en el Pacto Torrejón Solidario.