MADRID | Abierto el plazo para realizar el pago voluntario de IBI, IAE, OCU y TRUA

Se puede pagar telemáticamente y los plazos finalizan el 30 de noviembre

Se puede pagar telemáticamente y los plazos finalizan el 30 de noviembre

Pago voluntario de IBI, IAE, OCU y TRUA en Madrid

 

El ayuntamiento de Madrid recuerda que el plazo del período voluntario de pago del IBI, IAE, OCU y TRUA comenzó el pasado 1 de octubre, por lo que ya podemos proceder a realizar los pagos.

 

 

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): impuesto obligado para todas aquellas personas que sean titulares del inmueble a 1 de enero del año en curso. El pago telemático estará operativo desde el 1 de octubre hasta las 20 horas del 30 de noviembre de 2020. Enlace al pago.

 

 

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): impuesto obligado para personas físicas o jurídicas y entidades señaladas en el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria que realicen cualquier actividad empresarial, profesional o artística, ejercida o no en local determinado. El pago telemático estará operativo desde el 1 de octubre hasta las 20 horas del 30 de noviembre de 2020. Enlace al pago.

 

 

Tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local (OCU): impuesto obligado para personas físicas y jurídicas, así como a las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria que disfruten, utilicen o aprovechen el dominio público local en beneficio particular con ocupaciones del suelo, vuelo o subsuelo para usos particulares, con cajas registradoras, bocas de carga de combustible, arquetas y transformadores, cables, tuberías, rieles y otros elementos análogos.

El pago telemático estará operativo desde el 1 de octubre hasta las 20 horas del 30 de noviembre de 2020. Enlace al pago.

 

 

Tasa por prestación del servicio de gestión de residuos urbanos de actividades (TRUA): Como contribuyentes, a las personas físicas y jurídicas, así como a las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por la prestación del servicio o la realización de la actividad en el momento del devengo.

 

Como sustitutos/as (sustitutos o sustitutas), las personas propietarias de los inmuebles. Están obligados al pago del impuesto quienes sean titulares del inmueble a 1 de enero del año en curso, aunque el local esté sin actividad.

El pago telemático estará operativo desde el 1 de octubre hasta las 20 horas del 30 de noviembre de 2020. Enlace al pago.

 



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