NOTICIAS | ¿Eres autónomo? En la Comunidad de Madrid podrás pagar solo 50 € de cuota durante 2 años

El Gobierno regional ha destinado 52 millones desde 2016 para incentivar la consolidación de esta modalidad laboral

El Gobierno regional ha destinado 52 millones desde 2016 para incentivar la consolidación de esta modalidad laboral

Trabajador.

Imagen: Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid destinará un total de 6 millones de euros a la reducción de cuotas de la Seguridad Social de los autónomos de la región en 2022, según aprobó esta semana el Consejo de Gobierno. Se trata de un complemento a la ayuda estatal conocida como Tarifa Plana y que asciende a 50 euros mensuales.

 

La aportación adicional consiste en la prolongación del único pago durante 12 meses extras, con lo que los trabajadores por cuenta propia madrileños se pueden acoger durante dos años de este incentivo para consolidar su modalidad laboral.

 

Los beneficiarios son los trabajadores autónomos que realicen su actividad en Madrid y que sean perceptores de las reducciones en el Régimen Especial de los trabajadores por cuenta propia. Así, una vez que abonen la cuota conforme a la base y tipo mínimo de cotización, el Estado o la Administración autonómica le devolverá en un único pago la diferencia entre la tarifa plana y la cuota abonada.

 

En total, y desde 2016 a 2021, la Comunidad de Madrid ha resuelto de forma favorable 47.810 solicitudes, habiendo invertido más de 52 millones de euros.

 

De otro lado, el Consejo de Gobierno aprobó también en su reunión celebrada este miércoles un total de 1.250.000 euros para fomentar el emprendimiento colectivo a través de las empresas de la economía social: cooperativas, sociedades laborales, firmas de inserción y centros especiales. Además, en una de las cuatro líneas subvencionadas pueden beneficiarse las asociaciones profesionales de autónomos.



Ayudas y cuantías

 

Las ayudas se ofrecerán para la creación de nuevas cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción, la contratación de servicios de asesoramiento, la financiación de inversiones y el apoyo a la incorporación de socios.

 

La primera prevé un desembolso máximo de 15.000 euros para abordar los costes iniciales de apertura, constitución o calificación, o los gastos de cotización del Régimen General de la Seguridad Social de los socios constituyentes.

 

En la segunda podrá ascender al 50% del salario bruto mensual de cada trabajador contratado para asesoramiento, con un importe máximo de 150.000 euros. En el caso de la financiación de inversiones se incluyen los gastos en inmovilizado material o intangible, así como la incorporación de nuevas tecnologías de información y comunicaciones. Se aportará el 50% del total, con un máximo de 20.000 euros por entidad y año.

 

Por último, se desdobla en dos tipos de apoyo la dirigida a nuevos socios. Por un lado, a las empresas a las que se incorporen, y que podrá alcanzar los 10.000 euros, y por el otro, a los nuevos que aporten capital social, con una suma de un máximo de 3.000.

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