TRES CANTOS | Lanzadas las ayudas para la mejora de la eficiencia energética

Las actuaciones subvencionables deberán estar ubicados en la zona residencial del término municipal de Tres Cantos

Las actuaciones subvencionables deberán estar ubicados en la zona residencial del término municipal de Tres Cantos

Presentada una convocatoria de subvenciones

Imagen: Ayto Tres Cantos

El ayuntamiento de nuestro municipio ha presentado una convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a aquellas actuaciones que mejoren la eficiencia energética y sostenibilidad en las viviendas que cumplan los requisitos establecidos en las Bases.

 

Los edificios objeto de las actuaciones subvencionables deberán estar ubicados en la zona residencial del término municipal de Tres Cantos. Las acciones subvencionadas deberán iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2021 y finalizarse antes del 31 de diciembre de 2021.

 

Plazo presentación de solicitudes

 

El plazo para solicitar las ayudas será de 12 de julio a 15 de Septiembre de 2021 (ambos inclusive).

 



Estas ayudas tienen la naturaleza jurídica de subvenciones y serán incompatibles con otras, cualquiera que sea su naturaleza y la Administración o entidad que las conceda

 

Cómo presentar mi solicitud

 

Personas físicas:

• De forma presencial en el registro general del Ayuntamiento, previa cita.

• A través de la sede electrónica, seleccionando “trámite online”.

• A través de las demás formas establecidas por el art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Personas jurídicas (Comunidades de propietarios)

• A través de la sede electrónica. Puede acceder pinchando en “trámite online”.

Para la presentación de solicitudes a través de la sede electrónica, deberá estar en posesión de certificado digital o Pin 24 horas.

 

Beneficiarios

Se clasifican conforme a los siguientes apartados:

 

Línea 1:

• Los propietarios, usufructuarios de viviendas existentes de tipología residencial de vivienda colectiva en altura.

• Los propietarios, usufructuarios de viviendas existentes de tipología residencial de vivienda unifamiliar.

 

Línea 2:

• Las Comunidades de Propietarios de edificios de vivienda colectiva en altura.

• Las Comunidades de Propietarios de edificios de vivienda unifamiliar.

 

Para saber que actuaciones pueden ser subvencionables puedes pinchar aquí para más información.

 

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