La violencia contra las mujeres es un importante problema social a nivel mundial y una grave violación de los derechos humanos. Afecta a las mujeres por el mero hecho de serlo, constituyendo un atentado contra la integridad, la dignidad y la libertad de las mujeres, independientemente del ámbito en el que se produzca. “Con la elección de Miriam Gutiérrez como concejala de Mujer, quisimos dar un impulso más a esta Concejalía y fruto de ese trabajo, entre otras medidas, impulsamos estas ayudas para las víctimas de esta lacra”, recordó Ignacio Vázquez en la presentación de estás ayudas en contra de esta lacra.
Miriam Gutiérrez explicó que “estas ayudas pretenden ayudar a las mujeres que están en una situación muy vulnerable y darles herramientas para que salgan del infierno que es la violencia de género”. Se van a conceder 105 ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género atendidas por el PMORVG (Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género) y que cumplan los siguientes requisitos establecidos:
¿Qué requisitos hay que cumplor para acceder a las ayudas?
- Tener vigente el título de acreditación de la situación de violencia de género conforme a como lo recoge la legislación.
- Ser mayor de edad o emancipada legalmente.
- Empadronamiento y residencia en la ciudad de Torrejón de Ardoz.
- Contar con un Diseño de Intervención Social elaborado por trabajadora social del PMORVG (Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género).
- Carecer de ingresos mensuales superiores al ingreso mínimo vital.
Las ayudas se dividen en dos tipos:
1. Ayudas de emergencia social que favorezcan la independencia de la víctima. Estas ayudas deben tener como finalidad dotar a la víctima de violencia de género de unos recursos económicos mínimos en apoyo de su independencia del agresor:
a) Ayuda económica para cubrir necesidades básicas de alimentación e higiene, así como material escolar. Tendrá por objeto cubrir los gastos derivados de la adquisición de alimentos y productos de higiene de primera necesidad, así como material escolar a favor de los hijos/as menores de edad.
-Plazo máximo: 4 mensualidades
-Cuantía máxima:413,60 €/mes
b) Ayuda económica para vivienda habitual o habitación.
-Plazo máximo: 4 mensualidades (incluida fianza)
-Importe máximo: 808,50, €/mes para vivienda 332,69,00 €/mes para habitación.
c) Otras ayudas: a tenor de las nuevas necesidades que vayan surgiendo en la ciudad y con el objeto de poder dar una respuesta inmediata a las mismas, la Concejalía de Mujer, se reserva la facultad de conceder aquellas nuevas ayudas, que se estimen convenientes para cubrir tales necesidades y que no están cubiertas por otro recurso estatal, autonómico o municipal.
2. Ayudas para inserción laboral y conciliación de la vida laboral y familiar.
a) Las ayudas dirigidas al cuidado de menores de edad a cargo de la mujer víctima de violencia, con el objeto de garantizar la búsqueda o mantenimiento de empleo de la mujer.
-Plazo máximo: 12 mensualidades
-Importe máximo: 425,00 €/ mes
b) Apoyo a transporte para favorecer la participación en actividades formativas y de inserción laboral, con el objeto de garantizar la participación de actividades de formación o durante el primer mes de contratación laboral. O con el objeto de asistir a la red de recursos especializados de la Red de Asistencia a Mujeres Víctimas de Violencia de Género.
-Ingresos máximos: 461,50 €
-Plazo máximo: 12 mensualidades
-Importe máximo: 95,00 €/ mes