NOTICIAS | ¿Quieres adoptar? La bolsa de la Comunidad de Madrid ya está abierta

Las solicitudes para ser adoptante se pueden tramitar hasta el 14 de marzo

Las solicitudes para ser adoptante se pueden tramitar hasta el 14 de marzo

Pueden optar matrimonios, parejas de hecho y personas mayores de 25 años.

Imagen: Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid ha abierto una nueva convocatoria pública de recepción de ofrecimientos para la adopción de menores en la región. Tras la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) de la orden que establece el procedimiento de esta iniciativa, el plazo de presentación –presencial o telemática- de los mismos se prolongará hasta el próximo 14 de marzo.

 

La convocatoria tiene como objetivo contar con una bolsa de personas que cumplan los requisitos para comenzar los trámites de adopción de un menor. La última vez que se puso en marcha, en 2015, se recibieron 1.240 ofrecimientos, que han dado lugar a un total de 160 adopciones.

 



La última vez que se puso en marcha, en 2015, se recibieron 1.240 ofrecimientos, que han dado lugar a un total de 160 adopciones

 

Pueden optar a entrar en esta bolsa, en la que tendrán preferencia los residentes en la región, matrimonios, parejas de hecho o personas mayores de 25 años. El resto de requisitos, relacionados con el tiempo mínimo de convivencia en el caso de las parejas (3 años), condiciones de la vivienda o ingresos se acreditarán cuando los solicitantes sean llamados para una valoración psicosocial que, en caso positivo, les incluirá en el registro de familias idóneas para la adopción.

 

Una vez concluido el plazo de presentación, los expedientes serán numerados correlativamente mediante un sorteo aleatorio que tomará en cuenta el número de DNI de quien conste como primer solicitante, y serán ordenados en virtud de dicho sorteo, por lo que resulta irrelevante el día y hora que se tramiten, siempre que sea dentro del plazo establecido.

 

Las personas que se ofrecieron para adoptar en la convocatoria anterior y han obtenido ya la idoneidad para hacerlo en la Comunidad de Madrid, o que ya hubieran iniciado las fases de formación o valoración no tendrán que presentar una nueva instancia. Algo que sí deben hacer aquellos que lo hicieron en convocatorias anteriores, pero aún no hayan sido convocados o declarados idóneos. Toda la información sobre requisitos y documentación necesaria puede consultarse en la web de la Comunidad de Madrid este enlace.

 


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