NOTICIAS | No habrá régimen de visitas del padre ante sospechas de violencia de género

Nuevos avances legislativos prevén esta protección del menor sin necesidad de sentencia firme

Nuevos avances legislativos prevén esta protección del menor sin necesidad de sentencia firme

Encuentro con la nueva fiscal de Sala de Violencia sobre la Mujer, Teresa Peramato.

Imagen: @fiscal_es

En el marco de unas semanas en el que la escalada de casos de violencia de género ha sido evidente, la nueva fiscal de Sala de Violencia sobre la Mujer, Teresa Peramato, se ha reunido con la ministra de Igualdad, Irene Montero, para plantear un paraguas de colaboración institucional bajo el que desarrollar una estrategia de lucha coordinada contra las violencias machistas. Los menores y su protección han constituido uno de los focos de atención en este encuentro, en el que se ha establecido como asunto prioritario aplicar “los nuevos avances legislativos en la protección de los niños y niñas ante situaciones de violencia de género”, tal como explica el Ministerio de Igualdad.

 



La Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia prevé la suspensión del régimen de visitas cuando haya indicios de violencia de género, sin necesidad de que exista una sentencia firme

Suspensión del régimen de visitas

 

El próximo 24 de junio entrará en vigor la Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia, que prevé la suspensión del régimen de visitas de padres a menores cuando haya indicios de violencia de género, sin necesidad de que exista una sentencia firme. Desde Igualdad, marcan como “imprescindible que este avance normativo venga acompañado también de instrucciones para aplicar esa suspensión del régimen de visitas del maltratador ante cualquier indicio”.

 

Este avance legislativo abarca, por ejemplo, los casos de mujeres que no recurren a la denuncia, sino a la separación o el divorcio para huir del contexto de violencia. Asimismo, desde el momento en que el progenitor este incurso en una investigación por delitos contra la mujer o los niños y niñas. La Ley de Protección a la Infancia contempla también “la prohibición del falso Síndrome de Alienación Parental y el derecho de los niños y niñas a ser escuchados”.

 

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