CULTURA Y OCIO | La Comunidad de Madrid declara Bien de Interés Cultural el cuadro atribuible a Caravaggio con el título Ecce Homo

Así lo ha aprobado el Consejo de Gobierno

Así lo ha aprobado el Consejo de Gobierno

La obra reúne valores de interés histórico y artístico relevantes para su declaración como BIC.

Imagen: Comunidad de Madrid

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado el decreto por el que se declara Bien de Interés Cultural -BIC- el cuadro atribuible a Caravaggio con el título Ecce Homo. Se trata de la pintura que iba a subastarse el pasado abril e identificada como La coronación de espinas, del Círculo de José de Ribera. Concluye así la tramitación del procedimiento iniciado el pasado 9 de abril cuando la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid inició el expediente para la declaración como BIC del lienzo, que correspondía al lote 229 de la subasta 409, de la sala Ansorena de la obra catalogada como La coronación de espinas, del Círculo de José de Ribera (siglo XVII).

 

La decisión se tomó conforme a la orden ministerial de 7 de abril de 2021, por la que la pieza se declaró expresamente inexportable, como medida cautelar, ya que a tenor de los informes técnicos emitidos por el Ministerio de Cultura y Deporte y el Museo del Prado merecía ser declarada BIC por su interés histórico y artístico, así como su posible atribución a Caravaggio bajo el título Ecce Homo.

 

Conforme a los informes técnicos disponibles a día de hoy, este óleo sobre lienzo, que mide 111 x 86 centímetros, constituye una muestra de excelencia y maestría pictórica del primer naturalismo italiano, que ejerció una gran influencia en la escuela pictórica madrileña del siglo XVII. Aspectos como el retrato psicológico de los personajes, el realismo de los rostros, la fuerza lumínica que se concentra en el cuerpo de Jesucristo, el juego de primeros planos de los tres personajes y la comunicación que se establece con el espectador hacen del cuadro una obra de gran interés artístico.



Si sale a la venta, los propietarios están obligados a comunicarlo a la Administración para que esta determine si ejercita el derecho de tanteo

Asimismo, constituye una pintura de un valor muy relevante dentro del patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid, al representar un testimonio de una corriente, el naturalismo italiano, escasamente representada en las colecciones ubicadas en la región. Los rasgos caravaggistas de la obra en su iconografía y lenguaje ejecutivo y su altísima calidad acreditan su especial relevancia dentro del patrimonio artístico de la Comunidad de Madrid.

 

Por todo ello, la obra reúne valores de interés histórico y artístico relevantes para su declaración como BIC, con independencia de su autoría, cuya confirmación requiere la realización de analíticas de diversa índole. No obstante, la información sobre la pintura que ha aparecido en los últimos meses y estudios desarrollados por expertos refuerzan la tesis de la autoría de Caravaggio, como la publicación realizada durante el proceso de instrucción por la historiadora del arte especialista en el pintor italiano Maria Cristina Terzaghi, que presenta un análisis detallado de la pintura y de su procedencia, y plantea que se trata de un original del citado autor.

 

Derecho de adquisición preferente

Con el régimen de protección de Bien de Interés Cultural, si sale a la venta, los propietarios están obligados a comunicarlo a la Administración para que esta determine si ejercita el derecho de tanteo. Además, cualquier intervención sobre el bien tendrá que ser autorizada por la Comunidad de Madrid y deberá respetar los criterios establecidos en la ley y la declaración como BIC.

 

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