NOTICIAS | A inspección más de 1.000 autobuses de transporte escolar

La Comunidad de Madrid inspeccionará los vehículos de transporte escolar con el objetivo de garantizar la seguridad de los estudiantes en sus desplazamientos

La Comunidad de Madrid inspeccionará los vehículos de transporte escolar con el objetivo de garantizar la seguridad de los estudiantes en sus desplazamientos

El consejero David Pérez supervisa los controles de autobuses de transporte escolar.

Imagen: Comunidad de Madrid

Durante su visita al CEIP El Sol de la capital durante esta mañana, David Pérez ha anunciado el Plan de Inspección tras conocer detalladamente los controles de cinco autobuses de siete rutas interurbanas en los que se debe cumplir escrupulosamente una serie de requisitos, tanto por parte de los autobuses como por parte de los conductores. 

 

 

El titular de Transportes ha explicado el objetivo de la actuación: "velar para que los servicios de transporte que se realizan en nuestra región se presten con unos elevados estándares de calidad y seguridad, y donde más se incide cada año es en el control de los estudiantes. Su desarrollo será a lo largo de todo el año mediante una campaña ordinaria y dos extraordinarias, una de ellas en el mes de septiembre coincidiendo con el inicio del curso académico. Al final de este año, la Comunidad habrá comprobado el estado de alrededor de 500 vehículos, 100 de ellos en septiembre. 



“el año pasado, especialmente difícil por el COVID-19, se examinaron 697 vehículos, de los que se sancionó tan sólo a tres, (...) , por lo que podemos afirmar que el transporte de alumnos que se realiza en la región es muy seguro”.

 

 

Requisitos exigidos 

 

Actualmente, la Comunidad de Madrid cuenta con 2.216 vehículos habilitados en 220 centros que realizan 850 rutas del transporte escolar. Para ello se requiere de una autorización de transportes de la clase VD o VPC además de una autorización específica otorgada por la propia Comunidad, donde se refleje de manera detallada el origen, el destino de la rutina y las paradas que realiza.

 

 

La normativa establece la obligatoriedad de obtener de forma previa la habilitación del autobús para realizar este tipo de servicio, previo a conceder la autorización de uso especial. Tanto la renovación de la autorización como la de habilitación deben realizarse cada año lectivo y la edad media no debe superar los 10 o 16 años, cuando estos vehículos se dediquen exclusivamente a este tipo de transportes. Además, se recogen otras condiciones como:

 

  • Los autobuses deben ir identificados con el distintivo de transporte escolar situado en la parte frontal y posterior del mismo
  • Cada usuario tiene que disponer de su propio asiento.
  • El vehículo llevará acompañante en el caso de los transportes discrecionales, entendidos como tal cuando: tres cuartas partes o más de los viajeros sean menores de dieciséis años, al menos, el 50 por ciento de los viajeros sean menores de 12 años y, en todo caso, cuando se trate de centros de Educación Especial. 
  • La duración máxima del viaje será de una hora por sentido.

 

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